Por ejemplo si se quiere conocer los programas que se ejecutan para la atención de las personas adultas mayores, es posible conocer cuántos programas, quiénes los ejecutan, cuáles objetivos persiguen, cuántos recursos se destinan y a cuántas personas se atienden. Por el contrario, cuando una población no está visible en el presupuesto, no es posible saber los alcances de los esfuerzos del gobierno para atender a dicho grupo vulnerable.
Un principio importantisimo en la construcción de un presupuesto con enfoque de derechos humanos es el de no discriminación e igualdad: el cual busca asegurar que los recursos presupuestarios sean asignados mediante criterios de equidad, de manera tal que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres y otros grupos que se encuentran en situación de discriminación y/o exclusión. (Manual de Politicas Publicas y Presupuestsos con PErspectiva de Derechos Humanos, publicado por la OACNUDH)
Se
recomienda que:
Se
visibilicen en el presupuesto los programas creados para la atención específica
de los grupos vulnerables. Especialmente de las poblaciones callejeras y la
población LGBTTI, que aún no es posible identificar.
Grupos vulnerables en el PDHDF
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Los programas se encuentran registrados en los
siguientes resultados:
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Derechos de la infancia
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13, 14, 21
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Derechos de la población lesbiana, gay, bisexual,
transexual, transgénero, travesti e intersex (LGBTTTI).
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No se identifican en la estructura programática
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Derechos de las mujeres
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13
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Derechos de las personas adultas mayores
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14
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Derechos de las Personas con discapacidad
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14, 35
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Derechos de las personas migrantes, refugiados y
solicitantes de asilo.
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12, 15, 16, 35
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Derechos de las personas privadas de su libertad en
centros de reclusión
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11
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Derechos de las poblaciones callejeras
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Existen programas específicos, pero no se
identifican en la estructura programática
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Derechos de las víctimas de trata de personas y
explotación sexual comercial
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12, 13
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Derechos de las y los jóvenes
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14
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Derechos de los pueblos y comunidades indígenas
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15
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